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Proceso de alquiler

Las grandes ciudades españolas como Barcelona y Madrid, siempre han atraído a turistas, estudiantes y extranjeros que quieren disfrutar del clima mediterráneo español,  por ello  los inmuebles están poco tiempo en cartera a disposición de los clientes. Si la relación calidad-precio es adecuada, posiblemente un inmueble se alquile en una semana o dos. Excepto durante las fiestas de invierno y las vacaciones de agosto, podemos decir que no hay estacionalidad en el proceso de alquiler.

Existen varios tipos de contrato de arrendamiento de vivienda en España. Hay que distinguir entre un alquiler de temporada larga (a partir de 12 meses) y corta (hasta 11 meses).

La primera opción se rige por la LAU (Ley de Arrendamientos Urbanos), donde el periodo mínimo de arrendamiento de una vivienda está establecido en 1 año y, si lo desea el arrendatario, puede ser ampliado hasta 3 años (con la última reforma, el periodo cambió de cinco a tres años). En el caso que usted no quiera estar obligado contractualmente con el arrendatario durante tres años, puede firmar un contrato de arrendamiento temporal hasta un plazo de once meses. En esta modalidad, al vencimiento del periodo estipulado en el contrato, el arrendatario está obligado a desocupar la vivienda.

En los dos tipos de contrato se especificarán los datos completos de ambas partes, la descripción de la vivienda y se adjuntarán fotos de las habitaciones con el mobiliario o electrodomésticos de alto valor.

Si el contenido de la vivienda ha sufrido daños (muebles, equipamiento u objetos decorativos), la reparación o la compra de los nuevos artículos se descontará de la fianza que normalmente, corresponde a 2 meses de alquiler y se devuelve a la finalización del contrato.

¿Cómo se realiza el pago de los impuestos y suministros? El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) y los gastos de comunidad siempre los paga el propietario, mientras que los gastos de agua, gas, electricidad e internet los asume el arrendatario. Los pagos pueden cargarse directamente en la cuenta del inquilino o puede realizar el pago en la entidad bancaria con la factura que recibimos por correo normalmente cada dos meses.
Durante su búsqueda de inquilino, le recomendamos que averigüe sus ingresos – no dude en pedirle el certificado de empresa de conceptos salariales brutos y la antigüedad (por supuesto, si el inquilino está trabajando). En el caso de no haber pagado la mensualidad, conocer su fuente de ingresos puede serle de utilidad.

Nuestro personal le proporcionará asistencia profesional en la elaboración del contrato de alquiler para que proteja sus derechos al máximo.

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